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Ley
LEY de Inversión Extranjera
Artículo
37

Artículo 37 de la LEY de Inversión Extranjera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien hace algo que viole esta ley, la Secretaría puede quitarle los permisos que le haya dado. También puede decir que ciertos acuerdos o contratos son inválidos porque van en contra de la ley. Cuando declara que algo es nulo, ese acuerdo deja de tener valor legal, así que las partes involucradas no pueden exigir que se cumpla ni pueden usarlo con otras personas o empresas.

Texto oficial

ARTÍCULO 37.- Cuando se trate de actos efectuados en contravención a las disposiciones de esta Ley, la Secretaría podrá revocar las autorizaciones otorgadas. Los actos, convenios o pactos sociales y estatutarios declarados nulos por la Secretaría, por ser contrarios a lo establecido en esta Ley, no surtirán efectos legales entre las partes ni se podrán hacer valer ante terceros.

Ver texto oficial de la LEY de Inversión Extranjera (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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