Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 13 de la LEY del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Instituto es manejado por dos grupos principales: un Consejo Directivo y un Director General. Ellos trabajan con la ayuda de varios comités (que son grupos de personas que toman decisiones) y de servidores públicos (empleados del gobierno). Algunos de esos comités ya están mencionados en esta Ley, y el Consejo puede crear otros nuevos cuando sea necesario. También se apoyan en los trabajadores que aparecen en el Estatuto Orgánico (un documento que organiza cómo funciona el Instituto). En pocas palabras, estos dos se encargan de dirigir todo con el respaldo de equipos y personal de apoyo.

Texto oficial

Artículo 13.- La administración del Instituto estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General, quienes se auxiliarán para el ejercicio de sus funciones de los comités previstos en esta Ley y en los demás que constituya el propio Consejo, así como de los servidores públicos que prevea el Estatuto Orgánico. Sección I Del Consejo Directivo

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.