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Artículo 24 de la LEY de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para el año 2026, si trabajas por tu cuenta (honorarios) o recibes rentas por tus propiedades, quien te pague deberá retenerte un impuesto del 0.90% anual. Esto significa que, de cada pago, te descontarán esa parte y la entregarán al SAT a cuenta de tus impuestos. Es una tasa más baja que en años anteriores, así que te descontarán menos dinero.

Texto oficial

Artículo 24. Durante el ejercicio fiscal de 2026 la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto sobre la Renta será del 0.90 por ciento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.