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Ley
LEY de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026
Artículo
26

Artículo 26 de la LEY de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Hacienda tiene que hacer un estudio que muestre cómo los impuestos y derechos afectan a las familias mexicanas, según lo que ganan. Para eso, van a dividir a las familias en 10 grupos, del que menos gana al que más gana (eso es un "decil"), y van a calcular cuánto pagan en impuestos y qué servicios públicos reciben a cambio, como escuelas o hospitales. Este estudio lo tienen que entregar a los diputados y senadores antes del 30 de junio de 2026, y también lo deben publicar en su página de internet para que todos lo puedan ver. La idea es que la gente entienda si la forma en que se cobran los impuestos y se reparten los servicios es justa para cada grupo.

Texto oficial

Artículo 26. Con el propósito de coadyuvar a conocer los efectos de la política fiscal en el ingreso de los distintos grupos de la población, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá realizar un estudio de ingreso-gasto con base en la información estadística disponible que muestre por decil de ingreso de las familias su contribución en los distintos impuestos y derechos que aporte, así como los bienes y servicios públicos que reciben con recursos federales, estatales y municipales. La realización del estudio referido en el párrafo anterior será responsabilidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y deberá ser entregado a las comisiones de Hacienda y Crédito Público de las Cámaras de Diputados y de Senadores, así como a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, y publicado en la página de Internet de dicha Secretaría, a más tardar el 30 de junio de 2026. Durante el ejercicio fiscal de 2026, para efectos de la presentación del estudio de ingreso-gasto a que se refiere el artículo 31 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, dicho estudio deberá presentarse a más tardar el 30 de junio de dicho año.

Ver texto oficial de la LEY de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026 (pág. 30) ↗

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