- Ley
- LEY de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026
- Artículo
- 5
Artículo 5 de la LEY de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno permite que los bancos de desarrollo, los fondos de fomento y el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores tengan un déficit de cero pesos durante 2026. Eso significa que no pueden gastar más de lo que ganan, después de descontar lo que apartan para protegerse de créditos que no se paguen. Si alguna de estas entidades necesita cambiar ese límite, primero debe pedir permiso a su propio consejo directivo y luego contar con el visto bueno de la Secretaría de Hacienda. En otras palabras, están obligados a no perder dinero, a menos que reciban autorización especial.
Texto oficial
Artículo 5o. Se autoriza a la banca de desarrollo, a los fondos de fomento y al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores un monto conjunto de déficit por intermediación financiera, definida como el Resultado de Operación que considera la Constitución Neta de Reservas Crediticias Preventivas, de cero pesos para el ejercicio fiscal de 2026. El monto autorizado conforme al párrafo anterior podrá ser adecuado previa autorización del órgano de gobierno de la entidad de que se trate y con la opinión favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.