Artículo 33 de la LEY de Ingresos sobre Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando firmes un contrato de los que habla esta sección de la ley, y tengas que hacer pagos por actividades que generan IVA, ese IVA no se cobrará (se aplica tasa 0%). Pero ojo: esto solo aplica para esos contratos específicos, no para cualquier otro negocio o acuerdo que hagas con otras personas.
Texto oficial
Artículo 33.- Los actos o actividades que causen el impuesto al valor agregado por los que se deban cubrir las Contraprestaciones que se establezcan en los Contratos a que se refiere el presente Título, se sujetarán a la tasa 0% para los efectos del impuesto mencionado. Lo dispuesto en el presente párrafo no será aplicable a otro tipo de contratos u operaciones que celebren con terceros las partes que intervengan en los Contratos mencionados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.