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Ley
LEY de Ingresos sobre Hidrocarburos
Artículo
63

Artículo 63 de la LEY de Ingresos sobre Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia encargada de finanzas) puede ordenarle al SAT, que es la autoridad fiscal, que haga auditorías y visitas a negocios o personas para revisar que paguen bien sus impuestos. Esto lo hacen para verificar si alguien está cumpliendo con lo que dice la ley. Las auditorías son como una revisión a fondo de tus cuentas, y las visitas son cuando van a tu casa o negocio a checar documentos. En pocas palabras, le dan la orden al SAT para que investigue si todo está en orden.

Texto oficial

Artículo 63.- La Secretaría podrá instruir al Servicio de Administración Tributaria la realización de las auditorías y visitas a que se refiere la fracción VII del apartado B del artículo 37 de esta Ley. Artículo reformado DOF 07-12-2016

Ver texto oficial de la LEY de Ingresos sobre Hidrocarburos (pág. 28) ↗

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