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Ley
LEY para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional
Artículo
11

Artículo 11 de la LEY para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Nacional de Productividad tiene más tareas además de las que ya le da la Ley Federal del Trabajo. Por ejemplo, debe reunir a sus miembros para ponerse de acuerdo en cómo hacer que el país sea más productivo y competitivo, generar empleos y reducir las desigualdades entre regiones y sectores. También puede proponer metas y acciones para lograrlo, y dar su opinión sobre programas oficiales antes de que se aprueben. Además, puede identificar qué sectores o regiones necesitan más apoyo, tomando en cuenta los derechos humanos, la igualdad de género y la diversidad cultural. Finalmente, puede firmar acuerdos con gobiernos estatales y otras instituciones para coordinar esfuerzos y mejorar la productividad.

Texto oficial

Artículo 11.- Además de las atribuciones que le confiere la Ley Federal del Trabajo, el Comité Nacional de Productividad tendrá las siguientes: I. Analizar y concertar visiones, objetivos, estrategias, decisiones y acciones de sus integrantes respecto al incremento sostenido de la productividad y la competitividad; así como del desarrollo económico sostenible y sustentable del país y la generación del empleo a corto, mediano y largo plazos, con el propósito de democratizar la productividad y reducir las desigualdades sociales, sectoriales y regionales; II. Proponer y concertar objetivos, estrategias, metas, compromisos, acciones e indicadores de desempeño tendientes a incrementar la productividad y la competitividad del país, en especial, de los sectores y regiones económicas seleccionadas; III. Analizar, cuando se estime conveniente o a solicitud de la persona Titular del Ejecutivo Federal, las políticas, los programas, las reglas de operación, proyectos y cambios regulatorios, para estimular eficazmente el incremento sostenido de la productividad y la competitividad, así como LEY PARA IMPULSAR EL INCREMENTO SOSTENIDO DE LA PRODUCTIVIDAD Y LA COMPETITIVIDAD DE LA ECONOMÍA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-04-2024 7 de 14 el desarrollo industrial sustentable de la economía nacional, de un sector económico específico, o bien, de una región determinada del país, y emitir las recomendaciones que estime pertinentes; Fracción reformada DOF 17-04-2024 IV. Opinar sobre el Programa Especial para la Productividad y la Competitividad, previamente a su aprobación; V. Identificar sectores económicos y regiones específicas del territorio nacional que, en su consideración, deban recibir prioridad en la formulación e implementación de políticas, programas, proyectos y cambios regulatorios para potenciar su desarrollo en materia del incremento sostenido de la productividad y competitividad, utilizando el enfoque de derechos humanos, de género, de interseccionalidad e interculturalidad; Fracción reformada DOF 17-04-2024 VI. Proponer mecanismos para la coordinación de acciones y esfuerzos de los sectores público, privado y social en materia de información, inversiones, producción y demás factores que promuevan el cambio estructural de la economía nacional; VII. Proponer esquemas de coordinación y suscribir convenios con las dependencias y entidades; entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; órganos autónomos, y las Comisiones Estatales de Productividad, respecto al diseño, ejecución y evaluación de políticas, programas, reglas de operación, proyectos y cambios regulatorios, necesarios para potenciar la productividad y competitividad de la economía nacional o de un sector o región específicos; Fracción reformada DOF 17-05-2017 VIII. Proponer a las dependencias y entidades mecanismos de colaboración para lograr una articulación eficaz entre ellas y del Ejecutivo Federal con los sectores público, social y privado, para efecto del estudio, discusión, propuestas y directrices en la formulación de políticas, programas, reglas de operación, proyectos y regulación dirigidos a impulsar el incremento de la productividad y competitividad de la economía nacional o de un sector o región específicos; IX. Impulsar la colaboración y la asociación tecnológica entre empresas, centros universitarios y de innovación tecnológica, particularmente en los sectores y regiones económicos seleccionados; X. Orientar las políticas dirigidas al incremento de la productividad y la competitividad; a la creación y desarrollo de núcleos productivos de MIPYMES, así como su encadenamiento productivo con grandes empresas; al impulso de la proveeduría nacional y de las compras nacionales; al aumento del valor agregado nacional en las exportaciones; al tránsito hacia una economía basada en el conocimiento, y a la creación y fortalecimiento de sistemas sectoriales y regionales de innovación; XI. Proponer mecanismos para el seguimiento y evaluación de las recomendaciones, acuerdos y las matrices de compromisos con indicadores de desempeño en términos del artículo 17 de esta Ley; XII. Establecer subcomités encargados del análisis, discusión y elaboración de recomendaciones y otras acciones requeridas para atender temas específicos del ámbito de su competencia considerados como prioritarios; así como subcomités encargados del diseño, elaboración e implementación de las políticas sectoriales y regionales; LEY PARA IMPULSAR EL INCREMENTO SOSTENIDO DE LA PRODUCTIVIDAD Y LA COMPETITIVIDAD DE LA ECONOMÍA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-04-2024 8 de 14 XIII. Establecer los convenios y las matrices de compromisos con acciones e indicadores de desempeño a que se refiere el artículo 17 de esta Ley; XIV. Promover una relación estrecha y constante entre las instituciones de educación media superior y superior y la planta productiva de su región o de ciertos sectores específicos; XV. Aprobar sus lineamientos de operación, así como sus programas de trabajo; XVI. Promover la certificación de competencias de las personas trabajadoras; Fracción reformada DOF 17-04-2024 XVI Bis. Impulsar la participación laboral de las mujeres y personas jóvenes, en términos del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad, y Fracción adicionada DOF 17-04-2024 XVII. Las demás que le confieran las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver texto oficial de la LEY para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional (pág. 6) ↗

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