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Artículo 23 de la LEY del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Instituto puede usar su dinero y bienes como quiera para hacer su trabajo, pero siempre debe cumplir con las leyes que aplican a organismos como él. Su patrimonio, que son sus recursos (dinero, propiedades, etc.), lo maneja él mismo. Tiene libertad para decidir cómo gastarlo o invertirlo. Solo está limitado por las reglas generales que le tocan.

Texto oficial

Artículo 23. El Instituto administrará y dispondrá libremente de su patrimonio para el cumplimiento de su objeto, sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables a los organismos descentralizados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.