Artículo 14 de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 14 dice que cada Instituto Nacional de Salud, como los que atienden enfermedades específicas, tiene dos personas o grupos encargados de manejarlo. Por un lado, está la junta de gobierno, que es como un grupo de personas que toman las decisiones importantes. Por otro lado, hay un director general, que es la persona que se encarga del día a día del instituto. En pocas palabras, el instituto no lo maneja una sola persona, sino que el director trabaja junto con la junta para que todo funcione bien.
Texto oficial
ARTÍCULO 14. La administración de cada uno de los Institutos Nacionales de Salud estará a cargo de una junta de gobierno y de un director general.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.