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Ley
LEY de los Institutos Nacionales de Salud
Artículo
42

Artículo 42 de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud va a impulsar que existan descuentos en impuestos y otras facilidades para que empresas y organizaciones sociales inviertan más dinero en investigar temas de salud. Esto significa que habrá apoyos económicos o beneficios fiscales para quienes quieran hacer estudios sobre enfermedades o nuevos tratamientos. La idea es que tanto los negocios privados como los grupos comunitarios se animen a participar. Así, se busca que haya más recursos para mejorar la atención médica y el bienestar de todos.

Texto oficial

ARTÍCULO 42. La Secretaría, como coordinadora de sector, promoverá la creación de incentivos fiscales y de otros mecanismos de fomento para que los sectores social y privado realicen inversiones crecientes para la investigación en salud.

Ver texto oficial de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud (pág. 13) ↗

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