Artículo 57 de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud va a revisar qué tan bien están los hospitales y los servicios médicos que dan los Institutos, para asegurarse de que sean de buena calidad. Es como un chequeo para ver si todo funciona bien, desde los edificios hasta la atención que reciben los pacientes. Esto aplica solo a los hospitales que dependen de esos Institutos, no a cualquier clínica. En pocas palabras, es una supervisión para que no haya fallas en los servicios.
Texto oficial
ARTÍCULO 57. La Secretaría de Salud evaluará la calidad de la infraestructura hospitalaria y de los servicios de atención médica que presten los Institutos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.