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Artículo 417 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las ofertas que hagas para comprar algo en un remate o venta oficial deben cumplir con lo que digan las reglas de ese proceso. Esas reglas se llaman "bases" y las pone quien organiza la venta. Si no las sigues, tu oferta no será aceptada.

Texto oficial

ARTÍCULO 417.- Todas las propuestas que se realicen en un procedimiento de enajenación, deberán cumplir con los requisitos que se establezcan en las bases del procedimiento correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 210) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.