Artículo 477 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien comete una infracción relacionada con esta ley, la Comisión le puede imponer una multa. Para calcular el monto de la multa, se toma como base el salario mínimo que esté vigente en la Ciudad de México en el momento en que ocurrió la falta, a menos que la ley ya diga otra forma de castigo. Además de la multa, la Comisión puede decidir solo llamarle la atención al infractor, dependiendo de cada caso. También, cuando otras leyes o reglamentos lo permitan, la Comisión puede aplicar sanciones más graves, como quitar autorizaciones, cancelar registros, suspender, despedir o vetar a alguien para que no pueda trabajar en ciertas actividades. Por último, aunque te sancionen, igual tienes que cumplir con tus obligaciones o arreglar lo que hiciste mal.
Texto oficial
ARTÍCULO 477.- Las multas por las infracciones a esta Ley, a las disposiciones de carácter general que de ella emanen, así como a los reglamentos respectivos, serán impuestas administrativamente por la Comisión, tomando como base el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse la infracción, a menos que en la propia Ley se disponga otra forma de sanción, y se harán efectivas por las autoridades de la Secretaría. Atendiendo a las circunstancias de cada caso, la Comisión podrá, además, amonestar al infractor, o bien solamente amonestarlo. Las sanciones que imponga la Comisión, cuando así lo establezcan ésta y otras leyes, los reglamentos aplicables y las disposiciones de carácter general que de ellos emanen, también podrán consistir en revocación de autorizaciones, cancelación de registros, remociones, suspensiones, destituciones, vetos o inhabilitaciones para el desempeño de actividades. La imposición de sanciones no relevará al infractor de cumplir con las obligaciones o regularizar las situaciones que motivaron su aplicación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.