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Artículo 139 de la LEY del Impuesto sobre la Renta

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las personas o empresas que te entreguen un premio (como en sorteos o concursos) tienen tres obligaciones contigo. Primero, deben darte un comprobante fiscal (como una factura) que muestre cuánto te pagaron y cuánto impuesto te retuvieron. Segundo, si el premio está exento de impuestos, igual deben entregarte una constancia de ingreso y su comprobante fiscal correspondiente. Tercero, tienen que guardar todos los documentos relacionados con esas constancias, facturas y retenciones durante el tiempo que marca el Código Fiscal (la ley de impuestos). Todo esto es para que quede registro claro de los ingresos que recibiste.

Texto oficial

Artículo 139. Quienes entreguen los premios a que se refiere este Capítulo, además de efectuar las retenciones de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones: I. Proporcionar, a las personas a quienes les efectúen pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, comprobante fiscal en el que conste el monto de la operación, y el impuesto retenido que fue enterado. II. Proporcionar, constancia de ingreso y el comprobante fiscal por los premios por los que no se está obligado al pago del impuesto en los términos de esta Ley. III. Conservar, de conformidad con lo previsto en el Código Fiscal de la Federación, la documentación relacionada con las constancias, comprobantes fiscales y las retenciones de este impuesto. CAPÍTULO VIII DE LOS INGRESOS POR DIVIDENDOS Y EN GENERAL POR LAS GANANCIAS DISTRIBUIDAS POR PERSONAS MORALES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 167) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.