Artículo 169 de la LEY del Impuesto sobre la Renta
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si ganas un premio en México (como lotería, rifa, sorteo o concurso), se considera que el dinero viene de México si el juego se realiza aquí. Si te pagan el premio en México, automáticamente se entiende que el juego fue en el país, a menos que demuestres lo contrario. El impuesto que debes pagar por ese premio es del 1% del valor total del boleto ganador, sin ningún descuento, pero solo si tu estado no cobra un impuesto local extra o si ese impuesto local no pasa del 6%. Si tu estado cobra más del 6% de impuesto local, entonces el impuesto federal sube al 21%. Para juegos de apuestas (como en casinos), el impuesto se calcula como el 1% del total del dinero que se reparte entre todos los boletos ganadores. El reintegro (cuando te devuelven lo que pagaste por el boleto) no se considera un premio y no paga impuesto. El impuesto lo retiene directamente quien te paga el premio (si es una empresa en México o una extranjera con oficina aquí). Si el que paga es del extranjero sin oficina en México, tú debes pagar el impuesto en una oficina de hacienda dentro de los 15 días después de recibir el premio.
Texto oficial
Artículo 169. Tratándose de los ingresos por la obtención de premios, se considerará que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando la lotería, rifa, sorteo o juego con apuestas y concursos de toda clase se celebren en el país. Salvo prueba en contrario, se entenderá que la lotería, rifa, sorteo o juego con apuestas y concursos de toda clase se celebra en el país cuando el premio se pague en el mismo. El impuesto por los premios de loterías, rifas, sorteos y concursos, se calculará aplicando la tasa del 1% sobre el valor del premio correspondiente a cada boleto o billete entero, sin deducción alguna, siempre que las entidades federativas no graven con un impuesto local los ingresos a que se refiere este párrafo, o el gravamen establecido no exceda del 6%. La tasa del impuesto a que se refiere este artículo será del 21%, en aquellas entidades federativas que apliquen un impuesto local sobre los ingresos a que se refiere este párrafo, a una tasa que exceda del 6%. El impuesto por los premios de juegos con apuestas se calculará aplicando el 1% sobre el valor total de la cantidad a distribuir entre todos los boletos que resulten premiados. No se considera como premio el reintegro correspondiente al billete que permitió participar en loterías. El impuesto se pagará mediante retención cuando la persona que efectúe el pago sea residente en territorio nacional o residente en el extranjero con establecimiento permanente situado en el país o se enterará mediante declaración en la oficina autorizada dentro de los quince días siguientes a la obtención del ingreso, cuando quien pague el premio sea un residente en el extranjero.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.