Artículo 10 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta Directiva del Instituto solo puede tomar decisiones si al menos seis de sus integrantes están presentes en la reunión. Para aprobar algo, se necesita que más de la mitad de los que estén ahí voten a favor. En pocas palabras, se requieren seis personas para sesionar, y la decisión se define por los votos de los asistentes.
Texto oficial
Artículo 10. La Junta Directiva del Instituto actuará válidamente con la concurrencia de seis de sus miembros. Sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.