Artículo 18 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes dos o más trabajos en el gobierno, tus cuotas (aportaciones para tu fondo de ahorro y seguro) se calculan sumando los sueldos de todos tus empleos. Además, tu pensión y beneficios por accidentes o invalidez se basan en el total de esos sueldos. Sin embargo, para contar tus años de servicio solo se toma en cuenta un solo empleo, aunque hayas trabajado en varios al mismo tiempo. Eso significa que, aunque tengas dos trabajos, el tiempo que trabajaste solo se cuenta una vez.
Texto oficial
Artículo 18. Los Trabajadores que desempeñen dos o más empleos en las Dependencias o Entidades cubrirán sus Cuotas sobre la totalidad de los Sueldos Básicos que correspondan, mismos que se tomarán en cuenta para fijar las Pensiones y demás beneficios de los seguros de riesgos del trabajo e invalidez y vida. El cómputo de los años de servicio se hará considerando uno solo de los empleos, aun cuando el Trabajador hubiese desempeñado simultáneamente varios, cualesquiera que fuesen; en consecuencia, para dicho cómputo se considerará por una sola vez el tiempo durante el cual haya tenido o tenga el interesado el carácter de Trabajador.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.