- Ley
- LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
- Artículo
- 208
Artículo 208 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto tiene 12 tareas principales, como cumplir con los programas de seguros y servicios, decidir quién tiene derecho a una pensión considerando la perspectiva de género, y cobrar las cuotas y aportaciones de los trabajadores. También puede comprar o vender bienes (como edificios), organizar sus oficinas, y hacer contratos para dar sus servicios. Además, debe promover el uso de tecnología para mejorar la atención a los derechohabientes y hacer reglamentos internos. Por último, sus gastos de administración no pueden pasar del equivalente al 1.5% del sueldo básico de todos los trabajadores.
Texto oficial
Artículo 208. El Instituto tendrá las siguientes funciones: I. Cumplir con los programas aprobados para otorgar los seguros, prestaciones y servicios a su cargo; II. Emitir las resoluciones con perspectiva de género que reconozcan el derecho a las Pensiones; Fracción reformada DOF 15-01-2026 III. Determinar, vigilar, recaudar y cobrar el importe de las Cuotas y Aportaciones, así como los demás recursos del Instituto, por lo que se refiere al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, el entero de las Cuotas y Aportaciones correspondientes, se realizará mediante los sistemas o programas informáticos que determine la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro; IV. Invertir los Fondos de las Reservas de acuerdo con las disposiciones de esta Ley; V. Adquirir o enajenar los bienes muebles e inmuebles necesarios para la realización de sus fines; VI. Establecer la estructura y funcionamiento de sus unidades administrativas conforme a su presupuesto aprobado y el estatuto orgánico que al efecto emita la Junta Directiva; VII. Administrar los seguros, prestaciones y servicios previstos en esta Ley; VIII. Difundir conocimientos y prácticas de previsión social; IX. Expedir los reglamentos para la debida prestación de los servicios y de organización interna; X. Realizar toda clase de actos jurídicos y celebrar los contratos que requieran los seguros, prestaciones y servicios previstos en esta Ley; Fracción reformada DOF 23-04-2024 XI. Promover la incorporación, uso y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones en la prestación de los servicios y el otorgamiento de seguros y prestaciones a su cargo, en beneficio de su población derechohabiente, y Fracción adicionada DOF 23-04-2024 XII. Las demás funciones que le confieran esta Ley y sus reglamentos. Fracción recorrida DOF 23-04-2024 El financiamiento de los gastos generales de administración del Instituto que no estén estrictamente relacionados con la prestación de algún seguro, prestación o servicio no deberá rebasar del equivalente a la cantidad que resultaría de la aplicación de una Aportación de uno punto cinco por ciento del Sueldo Básico al total de los Trabajadores. LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 15-01-2026 65 de 128 CAPÍTULO II ÓRGANOS DE GOBIERNO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.