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Ley
LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Artículo
213

Artículo 213 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser parte de la Junta Directiva necesitas dos cosas: primero, ser ciudadano o ciudadana mexicana y que nadie te haya quitado tus derechos como votar o tener propiedades. Segundo, que sepas muy bien de lo que hablas en el tema y que la gente te conozca como una persona honesta y de confianza.

Texto oficial

Artículo 213. Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere: I. Ser ciudadano mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y II. Ser de reconocida competencia y honorabilidad.

Ver texto oficial de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (pág. 65) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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