Artículo 33 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto tiene la obligación de darte servicios médicos que ayuden a prevenir enfermedades, no solo a curarte cuando ya estés enfermo. Esto quiere decir que, como persona derechohabiente, tienes derecho a chequeos, vacunas y pláticas de salud para cuidarte antes de que te dé algo malo. La idea es proteger tu salud desde el principio, no esperar a que te sientas mal.
Texto oficial
Artículo 33. El Instituto proporcionará servicios de atención médica preventiva tendientes a proteger la salud de los Derechohabientes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.