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Ley
LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Artículo
5

Artículo 5 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 5 dice que el ISSSTE es la única institución encargada de manejar los seguros, las pensiones y los servicios que marca esta ley, así como el dinero del Fondo de la Vivienda y del PENSIONISSSTE. Este instituto está basado en la Ciudad de México y tiene su propio dinero y personalidad legal, lo que significa que puede tomar decisiones por su cuenta. Su objetivo principal es ayudar a que los trabajadores del gobierno, los jubilados y sus familias estén mejor, siempre siguiendo las reglas que establece esta ley.

Texto oficial

Artículo 5. La administración de los seguros, prestaciones y servicios establecidos en el presente ordenamiento, así como la del Fondo de la Vivienda, del PENSIONISSSTE, de sus delegaciones y de sus demás órganos desconcentrados, estarán a cargo del organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, que tiene como objeto contribuir al bienestar de los Trabajadores, Pensionados y Familiares Derechohabientes, en los términos, condiciones y modalidades previstos en esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (pág. 3) ↗

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