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Ley
LEY del Impuesto al Valor Agregado
Artículo
18-H BIS

Artículo 18-H BIS de la LEY del Impuesto al Valor Agregado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo habla de que, si no cumples con ciertas obligaciones que la ley te pide (las que están en las fracciones I, VI y VII del artículo 18-H), te pueden aplicar una sanción. En pocas palabras, si dejas de hacer algo que la ley te ordena en esos puntos específicos, te van a castigar. No dice exactamente cuál es el castigo, pero sí deja claro que vas a tener problemas legales por no cumplir. Es como cuando te dicen "si no haces esto, te va a ir mal".

Texto oficial

Artículo 18-H BIS. El incumplimiento de las obligaciones a que se refieren las fracciones I, VI y VII del

Ver texto oficial de la LEY del Impuesto al Valor Agregado (pág. 31) ↗

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