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Ley
LEY del Impuesto al Valor Agregado
Artículo
39

Artículo 39 de la LEY del Impuesto al Valor Agregado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando calcules cuánto impuesto debes pagar de forma estimada, tienes que usar la tasa de impuesto que marque la ley. Después, al resultado que obtengas, le restas las cantidades que puedas acreditar o descontar, siempre y cuando puedas comprobar que son legales. En pocas palabras, primero multiplicas la base por la tasa, y luego a eso le bajas lo que tengas derecho a descontar.

Texto oficial

Artículo 39.- Al importe de la determinación presuntiva del valor de los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto en los términos de esta Ley, se aplicará la tasa del impuesto que corresponda conforme a la misma, y el resultado se reducirá con las cantidades acreditables que se comprueben. Artículo reformado DOF 30-12-1980, 31-12-1981,

Ver texto oficial de la LEY del Impuesto al Valor Agregado (pág. 47) ↗

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