Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LIVA/40
Ley
LEY del Impuesto al Valor Agregado
Artículo
40

Artículo 40 de la LEY del Impuesto al Valor Agregado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Básicamente, este artículo ya no sirve para nada. Fue eliminado (derogado) de la ley desde el 31 de diciembre de 1981, así que ya no tiene efecto legal. Después de ese artículo viene el Capítulo IX, que habla sobre cómo se reparten los recursos federales a los estados de la república.

Texto oficial

Artículo 40.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-12-1981 CAPITULO IX De las participaciones a las entidades federativas

Ver texto oficial de la LEY del Impuesto al Valor Agregado (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 40 de la LEY del Impuesto al Valor Agregado, explicado | Precedente Legal