Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 149 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si tienes una concesión de televisión y quieres usar la multiprogramación (es decir, tener varios canales en una misma frecuencia), al pedir permiso debes anotar datos específicos para cada canal. Tienes que decir qué canal de transmisión vas a usar, cuántas horas al día tendrás programación con tecnología innovadora (según lo que diga la Comisión), y la fecha en que planeas empezar a transmitir. También debes especificar, si es televisión, la calidad de video y el tipo de compresión que usas. Por último, tienes que aclarar si el canal va a repetir el mismo contenido de otro canal de la misma zona, pero con un retraso.

Texto oficial

Artículo 149. Por cada canal bajo el esquema de multiprogramación, los concesionarios deberán señalar en la solicitud lo siguiente: I. El canal de transmisión que será utilizado; II. El canal de transmisión que será utilizado; III. El número de horas de programación que transmita con una tecnología innovadora, de conformidad con las disposiciones que emita la Comisión; IV. La fecha en que pretende iniciar transmisiones; V. En el caso de televisión, la calidad de video y el estándar de compresión de video utilizado para las transmisiones, y VI. Si se trata de un canal de programación cuyo contenido sea el mismo de algún canal radiodifundido en la misma zona de cobertura, pero ofrecido con un retraso en las transmisiones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.