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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LMTR/231
Ley
LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo
231

Artículo 231 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Está prohibido disfrazar un anuncio publicitario como si fuera una noticia real, para que no te engañen haciéndote creer que es información imparcial cuando en realidad te quieren vender algo. Esto no afecta la libertad de expresión, porque puedes seguir opinando y difundiendo ideas libremente. Simplemente se busca que ningún programa de radio, tele o internet te haga creer que un comercial es contenido periodístico.

Texto oficial

Artículo 231. Con la finalidad de evitar la transmisión de publicidad engañosa, sin afectar la libertad de expresión y de difusión, se prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa.

Ver texto oficial de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (pág. 74) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.