- Ley
- LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
- Artículo
- 25
Artículo 25 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Pleno (que es el grupo de jueces más importantes de un tribunal) va a mandar publicar en el Diario Oficial de la Federación (el periódico oficial del gobierno donde salen las leyes y avisos importantes) las decisiones y acuerdos que apliquen para todos, no solo para un caso en particular. También publicará aquellos acuerdos que ellos mismos decidan que deben salir ahí. Esto es para que cualquier persona pueda enterarse de lo que resolvieron.
Texto oficial
Artículo 25. El Pleno ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos y resoluciones de carácter general que pronuncie y de aquellos en que así lo determine.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.