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Ley
LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo
25

Artículo 25 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Pleno (que es el grupo de jueces más importantes de un tribunal) va a mandar publicar en el Diario Oficial de la Federación (el periódico oficial del gobierno donde salen las leyes y avisos importantes) las decisiones y acuerdos que apliquen para todos, no solo para un caso en particular. También publicará aquellos acuerdos que ellos mismos decidan que deben salir ahí. Esto es para que cualquier persona pueda enterarse de lo que resolvieron.

Texto oficial

Artículo 25. El Pleno ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos y resoluciones de carácter general que pronuncie y de aquellos en que así lo determine.

Ver texto oficial de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.