Artículo 77 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno mexicano puede darse a sí mismo, o a sus empresas, el permiso de usar satélites (eso son los "recursos orbitales") sin necesidad de competir con otras empresas. La Comisión (que es el IFT, el que regula telecomunicaciones) tiene que asegurarse de que siempre haya espacio en satélites para cosas importantes como la seguridad del país, la policía, internet en escuelas o centros de salud, y otros servicios que el gobierno necesite. Para estos casos, el permiso se da directo, sin cobrar nada, por hasta 20 años y nadie puede quitárselo. También, cualquier persona o empresa puede pedir este permiso directo si cumple los requisitos que ponga el IFT, ya sea para uso público, social o privado.
Texto oficial
Artículo 77. Tratándose de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la Comisión otorgará mediante asignación directa las concesiones de recursos orbitales. La Comisión deberá garantizar en todo momento la disponibilidad de recursos orbitales para servicios de seguridad nacional, seguridad pública, conectividad de sitios públicos, cobertura social y demás necesidades, funciones, fines y objetivos a cargo del Ejecutivo Federal. A tal efecto, otorgará de manera directa, sin contraprestación, con preferencia sobre terceros, por un plazo de hasta veinte años con carácter irrevocable, las concesiones de uso público necesarias, previa evaluación de su consistencia con los principios y objetivos que establece esta Ley para la administración del espectro radioeléctrico, el programa nacional de espectro radioeléctrico y el programa de bandas de frecuencias. La Comisión podrá asignar de manera directa concesiones de recursos orbitales para las modalidades de uso público, uso social y uso privado en los términos indicados en la presente sección, una vez que las personas interesadas cumplan con los requisitos que al efecto establezca la Comisión. Sección VIII De las Concesiones Únicas y sobre bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso Comercial otorgadas a la empresa pública del Estado
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.