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Artículo 14 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El consejo de administración es el grupo de personas que se encarga de tomar las decisiones importantes y de dirigir una sociedad anónima promotora de inversión (un tipo de empresa para juntar dinero de varios inversionistas). Según este artículo, esa empresa solo puede ser manejada por este consejo, no por una sola persona u otro órgano. Es como si la “junta directiva” fuera la única autorizada para llevar las riendas del negocio.

Texto oficial

Artículo 14.- La administración de las sociedades anónimas promotoras de inversión estará encomendada a un consejo de administración.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.