Artículo 198 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 198 dice que las casas de bolsa (empresas que compran y venden acciones o inversiones) son responsables ante sus clientes por lo que hagan sus consejeros, directivos, apoderados o empleados cuando estén haciendo su trabajo. Esto significa que si uno de ellos comete un error o hace algo malo mientras cumple con sus funciones, la empresa tiene que responderle al cliente, no solo la persona que cometió el error. Además, eso no quita que esa persona también pueda tener su propia responsabilidad legal, ya sea civil (como pagar por daños) o penal (como ir a la cárcel si cometió un delito). En pocas palabras, la casa de bolsa siempre es la que responde primero frente al cliente.
Texto oficial
Artículo 198.- Las casas de bolsa responderán frente a sus clientes de los actos realizados por sus consejeros, directivos, apoderados y empleados en el cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales en que ellos incurran personalmente. Sección V De la contratación
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.