- Ley
- LEY del Mercado de Valores
- Artículo
- 240
Artículo 240 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 240 dice que las bolsas de valores, como la Bolsa Mexicana de Valores, van a ser manejadas por dos grupos: un consejo de administración (como un grupo de personas que toman las decisiones importantes) y un director general (el jefe principal). Cada uno tiene su propio trabajo y responsabilidades, y no se meten en lo que hace el otro. El consejo se encarga de las decisiones grandes, mientras que el director general se ocupa del día a día. Así se aseguran de que todo funcione bien y en orden.
Texto oficial
Artículo 240.- La administración de las bolsas de valores estará encomendada a un consejo de administración y a un director general, en sus respectivas esferas de competencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.