Artículo 276 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 276 dice que las empresas que guardan valores (como acciones o bonos) deben ser manejadas por dos grupos: un consejo de administración y un director general. Cada uno tiene sus propias tareas y responsabilidades. El consejo es como un grupo de jefes que toma decisiones importantes, mientras que el director general es el encargado de que esas decisiones se cumplan en el día a día.
Texto oficial
Artículo 276.- La administración de las instituciones para el depósito de valores estará encomendada a un consejo de administración y a un director general, en sus respectivas esferas de competencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.