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Artículo 276 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 276 dice que las empresas que guardan valores (como acciones o bonos) deben ser manejadas por dos grupos: un consejo de administración y un director general. Cada uno tiene sus propias tareas y responsabilidades. El consejo es como un grupo de jefes que toma decisiones importantes, mientras que el director general es el encargado de que esas decisiones se cumplan en el día a día.

Texto oficial

Artículo 276.- La administración de las instituciones para el depósito de valores estará encomendada a un consejo de administración y a un director general, en sus respectivas esferas de competencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 147) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.