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Ley
LEY del Mercado de Valores
Artículo
29

Artículo 29 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los miembros del consejo de administración (los que dirigen la empresa) tienen que hacer su trabajo buscando que la empresa crezca y sea más valiosa, sin favorecer a un solo accionista o grupo de ellos. Esto significa que deben actuar con cuidado, pensando bien las decisiones y siguiendo lo que dice la ley o el reglamento de la empresa. En pocas palabras, tienen que ser responsables y justos con todos los dueños de la empresa.

Texto oficial

Artículo 29.- Los miembros del consejo de administración desempeñarán su cargo procurando la creación de valor en beneficio de la sociedad, sin favorecer a un determinado accionista o grupo de accionistas. Al efecto, deberán actuar diligentemente adoptando decisiones razonadas y cumpliendo los demás deberes que les sean impuestos por virtud de esta Ley o de los estatutos sociales. Apartado A Del deber de diligencia

Ver texto oficial de la LEY del Mercado de Valores (pág. 20) ↗

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