Artículo 414 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si das consejos de inversión al público, ya sea por redes sociales, tele o cualquier otro medio, tienes que seguir las reglas que ponga la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Esto aplica aunque no trabajes en una casa de bolsa o institución financiera. Cada vez que recomiendes comprar, vender o invertir en algo, debes cumplir con lo que diga esa autoridad.
Texto oficial
Artículo 414.- Las personas que dirijan al público por cualquier medio análisis o recomendaciones de inversión, con independencia de que proporcionen o no sus servicios en intermediarios del mercado de valores, al formular sus recomendaciones deberán ajustarse a las disposiciones de carácter general que expida la Comisión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.