Artículo 46 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 46 dice que el director general y los otros jefes importantes de una empresa deben cumplir con lo que marca el artículo 29 de esta misma ley, cada quien en su área. Esto significa que ellos son responsables de cualquier daño o pérdida económica que cause su trabajo. También aplican las reglas de los artículos 33 y 40, que pueden reducir o quitarles la culpa en ciertos casos. Además, estos directivos son responsables si no atienden a tiempo y con cuidado las solicitudes de información que les pidan los consejeros de la empresa, si a sabiendas dan información falsa o que engañe, o si hacen alguna de las cosas prohibidas en los artículos 35 (en algunas partes) y 36. En esos casos, también se aplican las reglas de los artículos 37 a 39.
Texto oficial
Artículo 46.- El director general y los demás directivos relevantes estarán sujetos a lo previsto en el artículo 29 de esta Ley, en sus respectivas competencias, por lo que responderán por los daños y perjuicios derivados de las funciones que les correspondan. Asimismo, les resultarán aplicables las excluyentes y limitaciones de responsabilidad a que se refieren los artículos 33 y 40 de esta Ley, en lo conducente. LEY DEL MERCADO DE VALORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 31 de 234 Adicionalmente, el director general y los demás directivos relevantes serán responsables de los daños y perjuicios que ocasionen a la sociedad o personas morales que ésta controle por: I. La falta de atención oportuna y diligente, por causas que les sean imputables, de las solicitudes de información y documentación que en el ámbito de sus competencias les requieran los consejeros de la sociedad. II. La presentación o revelación, a sabiendas, de información falsa o que induzca a error. III. La actualización de cualquiera de las conductas previstas en los artículos 35, fracciones III y IV a VII y 36 de esta Ley, siendo aplicable lo previsto en los artículos 37 a 39 del presente ordenamiento legal. Sección IV De las asambleas de accionistas y derechos de los socios
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