Artículo 57 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que cotizan en la bolsa y los fideicomisos creados para darle opciones de compra de acciones a sus empleados o para manejar fondos de pensiones y jubilaciones, cuando compren o vendan sus propias acciones, deben seguir las reglas de los artículos 366 y 367 de esta misma ley. Es decir, si trabajas para una de estas empresas y tienes acciones de ella, la manera en que la empresa maneje esas operaciones tiene que cumplir con lo que dice la ley para evitar problemas.
Texto oficial
Artículo 57.- Las personas relacionadas a una sociedad anónima bursátil y las fiduciarias de fideicomisos que se constituyan con el fin de establecer planes de opción de compra de acciones para empleados y fondos de pensiones, jubilaciones, primas de antigüedad y cualquier otro fondo con fines semejantes, constituidos directa o indirectamente, por alguna sociedad anónima bursátil, al operar las acciones o títulos de crédito que representen las acciones representativas del capital social de la sociedad con la que se encuentran vinculadas, deberán ajustarse a lo establecido en los artículos 366 y 367 de esta Ley. Capítulo III De las sociedades extranjeras y otras emisoras LEY DEL MERCADO DE VALORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 36 de 234
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