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Ley
LEY del Mercado de Valores
Artículo
57

Artículo 57 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas que cotizan en la bolsa y los fideicomisos creados para darle opciones de compra de acciones a sus empleados o para manejar fondos de pensiones y jubilaciones, cuando compren o vendan sus propias acciones, deben seguir las reglas de los artículos 366 y 367 de esta misma ley. Es decir, si trabajas para una de estas empresas y tienes acciones de ella, la manera en que la empresa maneje esas operaciones tiene que cumplir con lo que dice la ley para evitar problemas.

Texto oficial

Artículo 57.- Las personas relacionadas a una sociedad anónima bursátil y las fiduciarias de fideicomisos que se constituyan con el fin de establecer planes de opción de compra de acciones para empleados y fondos de pensiones, jubilaciones, primas de antigüedad y cualquier otro fondo con fines semejantes, constituidos directa o indirectamente, por alguna sociedad anónima bursátil, al operar las acciones o títulos de crédito que representen las acciones representativas del capital social de la sociedad con la que se encuentran vinculadas, deberán ajustarse a lo establecido en los artículos 366 y 367 de esta Ley. Capítulo III De las sociedades extranjeras y otras emisoras LEY DEL MERCADO DE VALORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 36 de 234

Ver texto oficial de la LEY del Mercado de Valores (pág. 35) ↗

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