- Ley
- LEY del Mercado de Valores
- Artículo
- 61
Artículo 61 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas y organizaciones, ya sean mexicanas o extranjeras, que según las leyes tengan el permiso para firmar documentos financieros, pueden emitir certificados bursátiles. Un certificado bursátil es como un pagaré que se vende en la bolsa de valores para conseguir dinero. Para hacerlo, deben seguir las reglas que marca esta ley.
Texto oficial
Artículo 61.- Las personas morales, nacionales o extranjeras, que conforme a las disposiciones legales y reglamentarias tengan la capacidad jurídica para suscribir títulos de crédito, podrán emitir certificados bursátiles, ajustándose a lo previsto en esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.