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Ley
LEY del Mercado de Valores
Artículo
61

Artículo 61 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas y organizaciones, ya sean mexicanas o extranjeras, que según las leyes tengan el permiso para firmar documentos financieros, pueden emitir certificados bursátiles. Un certificado bursátil es como un pagaré que se vende en la bolsa de valores para conseguir dinero. Para hacerlo, deben seguir las reglas que marca esta ley.

Texto oficial

Artículo 61.- Las personas morales, nacionales o extranjeras, que conforme a las disposiciones legales y reglamentarias tengan la capacidad jurídica para suscribir títulos de crédito, podrán emitir certificados bursátiles, ajustándose a lo previsto en esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY del Mercado de Valores (pág. 36) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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