Artículo 99 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión puede dar permiso para comprar un porcentaje más bajo de acciones de una empresa del que normalmente pide la ley, pero solo si hay una razón válida. Para eso, tiene que cuidar los derechos de todos los accionistas, sobre todo de los que tienen pocas acciones (minoritarios). Además, la empresa que pide el permiso debe entregar un acta donde su consejo de administración haya aprobado la compra, y también debe tener el visto bueno de un comité especial encargado de vigilar las prácticas de la empresa. Básicamente, permite hacer una oferta de compra con menos acciones, pero con varios controles para proteger a los inversionistas chicos.
Texto oficial
Artículo 99.- La Comisión podrá autorizar la realización de ofertas públicas de adquisición por porcentajes menores al señalado en la fracción III, inciso b) del artículo 98 de esta Ley, cuando así se justifique, tomando en consideración los derechos de todos los accionistas y en especial el de los minoritarios y siempre que la solicitud de autorización se acompañe del acta en la que conste la aprobación del consejo de administración de la sociedad, previa opinión favorable del comité que desempeñe funciones en materia de prácticas societarias.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.