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Artículo 1 de la LEY de Minería

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Esta ley controla cómo se usa el litio en México, un mineral muy valioso para cosas como baterías. La Secretaría de Economía se encarga de hacerla cumplir en todo el país. Pero el litio solo lo puede buscar, sacar y procesar un organismo del gobierno que depende de la Secretaría de Energía; nadie más puede hacerlo por su cuenta. En pocas palabras, el litio es manejado directamente por el Estado, no por empresas privadas.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley es reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia minera y sus disposiciones son de orden público y de observancia en todo el territorio nacional. Su aplicación corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía, a quien en lo sucesivo se le denomina la Secretaría. La exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio queda a cargo, por medio de la asignación correspondiente, del organismo público descentralizado a que se refiere el artículo 10 de esta Ley, sectorizado a la Secretaría de Energía. Artículo reformado DOF 24-12-1996, 28-04-2005, 20-04-2022, 08-05-2023

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.