- Ley
- LEY de Navegación y Comercio Marítimos
- Artículo
- 1
Artículo 1 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley aplica para todos en México y su objetivo es regular ríos, lagos, mares y canales que se usan para transporte acuático, así como la navegación que se hace en ellos y los servicios que se ofrecen. También cubre la marina mercante mexicana (barcos comerciales) y todo lo relacionado con el comercio marítimo, como los negocios, bienes y documentos que se usan. Lo que no está incluido son los barcos y equipos militares que pertenecen a la Secretaría de Marina, porque esos tienen sus propias reglas. En pocas palabras, esta ley controla cómo se maneja el transporte y comercio por agua en México, excepto lo militar.
Texto oficial
Artículo 1.- Esta ley es de orden público y tiene por objeto regular las vías generales de comunicación por agua, la navegación, su protección y los servicios que en ellas se prestan, la marina mercante mexicana, así como los actos, hechos y bienes relacionados con el comercio marítimo. Párrafo reformado DOF 26-12-2013 Quedan exceptuadas de las disposiciones de esta Ley las embarcaciones y artefactos navales de uso militar, pertenecientes a la Secretaría de Marina.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.