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Artículo 16 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Registro Público Marítimo Nacional es como un archivo donde se anotan los barcos y embarcaciones mexicanas. Este artículo dice que cómo va a funcionar ese registro, los pasos y papeles necesarios para inscribir una nave, se van a definir en un reglamento (que es como un manual detallado de reglas). O sea, la ley no te da todos los detalles aquí, sino que deja que otro documento los explique después.

Texto oficial

Artículo 16.- La organización y funcionamiento del Registro Público Marítimo Nacional, así como los procedimientos, formalidades y requisitos de inscripción, se establecerán en el reglamento respectivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.