Artículo 132 de la LEY Nacional de Ejecución Penal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El recurso de apelación es como un "segundo chance" para impugnar o quejarte de una decisión de un juez. Solo se puede usar en ciertos casos específicos, como cuando rechazan tu solicitud, cambian o terminan una condena, o deciden sobre la reparación del daño. También aplica si se afectan tus derechos estando preso, si te trasladan de cárcel, o si te ponen sanciones disciplinarias. En resumen, sirve para pelear resoluciones sobre penas, medidas de seguridad o derechos de los reclusos y sus visitantes.
Texto oficial
Artículo 132. Procedencia del recurso de apelación El recurso de apelación procederá en contra de las resoluciones que se pronuncien sobre: I. Desechamiento de la solicitud; II. Modificación o extinción de penas; III. Sustitución de la pena; IV. Medidas de seguridad; V. Reparación del daño; VI. Ejecución de las sanciones disciplinarias; VII. Traslados; VIII. Afectación a los derechos de personas privadas de la libertad, visitantes, defensores y organizaciones observadoras, y IX. Las demás previstas en esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.