Artículo 201 de la LEY Nacional de Ejecución Penal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La justicia restaurativa es un proceso para resolver conflictos donde se aplican varias reglas básicas: todo debe ser voluntario (nadie te obliga a participar), flexible (se adapta a tu caso), y confidencial (lo que digas no se sale del proceso). También se basa en que asumas tu responsabilidad, que quienes lleven el caso sean neutrales (sin favorecer a nadie), y que actúen con honestidad. El objetivo final es reintegrarte, es decir, reparar el daño y volver a la comunidad.
Texto oficial
Artículo 201. Principios La justicia restaurativa se regirá por los principios de voluntariedad de las partes, flexibilidad, responsabilidad, confidencialidad, neutralidad, honestidad y reintegración.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.