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Ley
LEY Nacional de Ejecución Penal
Artículo
6

Artículo 6 de la LEY Nacional de Ejecución Penal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro Penitenciario (la cárcel) tiene que organizarse y funcionar según las reglas que marca esta Ley y su reglamento, como un instructivo oficial. La autoridad encargada de las prisiones debe buscar que las cárceles sean sustentables, o sea, que cuiden el medio ambiente, ahorren agua y electricidad, y no desperdicien recursos.

Texto oficial

Artículo 6. Organización del Centro Penitenciario El régimen de planeación, organización y funcionamiento de la Autoridad Penitenciaria y de los Centros Penitenciarios estará sujeto a su normatividad reglamentaria respectiva, siempre de conformidad con la presente Ley. La Autoridad Penitenciaria promoverá que los Centros Penitenciarios sean sustentables.

Ver texto oficial de la LEY Nacional de Ejecución Penal (pág. 5) ↗

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