Artículo 69 de la LEY Nacional de Ejecución Penal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad de la cárcel y el director del centro, o quien lo reemplace legalmente cuando no esté, son los responsables de todas las revisiones que se hagan adentro. También tienen que responder por cualquier maltrato que sufran las personas presas durante esas revisiones. No pueden hacerse los desentendidos diciendo que el personal que hizo la revisión no era su gente o no estaba a sus órdenes. En pocas palabras, si algo sale mal o hay abusos, ellos son los que la deben pagar.
Texto oficial
Artículo 69. Autoridades responsables en la revisión La Autoridad Penitenciaria y el titular del Centro, o quien en su ausencia le sustituya legalmente, serán responsables de las revisiones que se lleven a cabo en su interior. Igualmente, responderá por todo abuso que se lleve a cabo sobre las personas privadas de la libertad con motivo de la revisión. No podrán evadir su responsabilidad como superior jerárquico alegando que el personal que lleve a cabo las revisiones no estaba bajo su mando.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.