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Artículo 85 de la LEY Nacional de Ejecución Penal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si estás en la cárcel, tienes derecho a estudiar la primaria, secundaria y preparatoria sin pagar nada. La autoridad del penal debe promover que puedas estudiar la preparatoria y la universidad, haciendo acuerdos con escuelas públicas para que tus estudios tengan validez oficial. Esto significa que, si terminas, tu certificado o título será reconocido como si lo hubieras hecho afuera. Básicamente, no pierdes la oportunidad de seguir preparándote aunque estés privado de tu libertad.

Texto oficial

Artículo 85. Enseñanza básica, de media superior y superior Las personas privadas de la libertad tendrán derecho a realizar estudios de enseñanza básica y media superior en forma gratuita. Asimismo, la Autoridad Penitenciaria incentivará la enseñanza media superior y superior, mediante convenios con instituciones educativas del sector público, que les otorgarán la validez oficial correspondiente de los estudios culminados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.