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Artículo 106 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Autoridad Nacional va a crear reglas y herramientas para medir cómo se están aplicando los Modelos Nacionales que marca esta Ley. Estas reglas incluirán métodos, indicadores y la frecuencia con la que se harán las revisiones. Además, la Autoridad está obligada a publicar tanto los métodos que use como los resultados de esas evaluaciones, para que cualquier persona pueda consultarlos.

Texto oficial

Artículo 106. Los métodos y mecanismos que establezca la Autoridad Nacional incluirán las metodologías, métricas e indicadores de la implementación de los Modelos Nacionales establecidos en esta Ley, así como la periodicidad y el formato en que se realizarán las evaluaciones. La Autoridad Nacional hará públicos la metodología y los resultados que genere con dichas evaluaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.