Artículo 106 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Autoridad Nacional va a crear reglas y herramientas para medir cómo se están aplicando los Modelos Nacionales que marca esta Ley. Estas reglas incluirán métodos, indicadores y la frecuencia con la que se harán las revisiones. Además, la Autoridad está obligada a publicar tanto los métodos que use como los resultados de esas evaluaciones, para que cualquier persona pueda consultarlos.
Texto oficial
Artículo 106. Los métodos y mecanismos que establezca la Autoridad Nacional incluirán las metodologías, métricas e indicadores de la implementación de los Modelos Nacionales establecidos en esta Ley, así como la periodicidad y el formato en que se realizarán las evaluaciones. La Autoridad Nacional hará públicos la metodología y los resultados que genere con dichas evaluaciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.