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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNETB/106
Ley
LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Artículo
106

Artículo 106 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Autoridad Nacional va a crear reglas y herramientas para medir cómo se están aplicando los Modelos Nacionales que marca esta Ley. Estas reglas incluirán métodos, indicadores y la frecuencia con la que se harán las revisiones. Además, la Autoridad está obligada a publicar tanto los métodos que use como los resultados de esas evaluaciones, para que cualquier persona pueda consultarlos.

Texto oficial

Artículo 106. Los métodos y mecanismos que establezca la Autoridad Nacional incluirán las metodologías, métricas e indicadores de la implementación de los Modelos Nacionales establecidos en esta Ley, así como la periodicidad y el formato en que se realizarán las evaluaciones. La Autoridad Nacional hará públicos la metodología y los resultados que genere con dichas evaluaciones.

Ver texto oficial de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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