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Artículo 14 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cada oficina de gobierno o institución pública (llamada Sujeto Obligado) debe elegir a un jefe de nivel director general o similar, cuyo cargo será Enlace de Simplificación y Digitalización de Trámites. Esta persona se encargará de coordinar y vigilar que se cumplan todas las reglas de esta ley dentro de su dependencia. En el caso del Poder Legislativo, el Poder Judicial y los organismos autónomos, ellos mismos decidirán quién será su enlace con la autoridad nacional o estatal, según sus propias reglas internas.

Texto oficial

Artículo 14. Las personas titulares de los Sujetos Obligados designarán a una persona servidora pública con nivel jerárquico mínimo de Director General u homólogo, que fungirá como Enlace de Simplificación y Digitalización de Trámites y Servicios, y será responsable de coordinar, articular y vigilar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley, al interior de cada Sujeto Obligado. En el caso de los Poderes Legislativo y Judicial, así como de los órganos constitucionales autónomos, designarán a su Enlace con la Autoridad Nacional o Estatal, de conformidad con sus disposiciones orgánicas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.