Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNETB/18
Ley
LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Congreso (Poder Legislativo), los jueces y tribunales (Poder Judicial), y otras oficinas del gobierno que resuelven quejas contra autoridades (como comisiones de derechos humanos o institutos de transparencia) deben nombrar a una persona o equipo que sea el enlace con el gobierno federal o estatal. Estas mismas dependencias tienen la obligación de hacer más sencillos los trámites, pasarlos a digital y registrarlos en el portal único del gobierno, firmando un acuerdo con la autoridad correspondiente para que todo funcione.

Texto oficial

Artículo 18. Los Poderes Legislativo y Judicial, los Organismos con Autonomía Constitucional y los Organismos con Jurisdicción Contenciosa que no formen parte de los poderes judiciales, atendiendo a su presupuesto y estructura orgánica, deberán designar a una instancia responsable de coordinación con la Autoridad Nacional o Estatal, según corresponda. Los Sujetos Obligados a que se refiere el presente artículo, implementarán acciones de simplificación, digitalización y registro de Trámites y Servicios en el Portal Único Ciudadano de Trámites y Servicios, conforme a los LEY NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-07-2025 12 de 30 principios y objetivos previstos en la presente Ley. Para tal efecto, suscribirán los convenios de colaboración correspondientes con la Autoridad Nacional o Local, según corresponda. TÍTULO TERCERO DEL MODELO NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS Capítulo I Disposiciones Generales

Ver texto oficial de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 18 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, explicado | Precedente Legal